El Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Córdoba, dicta Sentencia, donde condena a un médico a indemnizar por una mala praxis médica, puesto que le produjo una quemadura en la piel con un bisturí eléctrico en el curso de una cesárea, considerando el Juzgado que el médico no ajustó su conducta profesional a la denominada lex artis ad hoc, acogiendo así la tesis defendida por el letrado Rafael Reina Luna
«Condena a un médico a indemnizar por una mala praxis médica, puesto que le produjo una quemadura en la piel con un bisturí eléctrico en el curso de una cesárea.»
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